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miércoles, 3 de febrero de 2016

SUBVENCIONES PARA EL 2016 A PROYECTOS DE BIOMASA PARA PERSONAS FÍSICAS EN GALICIA

Hoy, día 3 de febrero, se abre el plazo para la solicitud de subvenciones para proyectos de equipamientos térmicos de Biomasa destinadas a particulares y cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvimiento Rural (FEADER) 

Estas subvenciones se anunciaron el pasado 30 de Diciembre en el Diario Oficial de Galicia.


¿Quienes podrán optar a las subveniones?

Podrán ser beneficiarios las personas físicas, propietarios o titulares de cualquier derecho sobre inmuebles, comunidades o mancomunidades de vecinos, siempre que las actuaciones subvencionables  se realicen en viviendas o edificios del sector residencial de Galicia


Cuantías de las ayudas.
  
La cuantía máxima de las ayudas será calculada en función de la potencia instalada y del tipo de instalación con las siguientes limitaciones:
Máximo 50% del total.
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto será de 50.000 euros.
La cuantía máxima por entidad colaboradora será de 120.000 euros y el número máximo de proyectos subvencionados 30. 

El plazo límite para la ejecución de la inversión y para la justificación de los gastos será el 30 de Septiembre de 2016.


Requisitos y documentación a presentar.

Solo se admite la presentación electrónica y las solicitudes serán realizadas a través de las entidades colaboradoras.


Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes comienza hoy -3 de febrero- y termina el 2 de marzo (o hasta agotar el crédito disponible)


Para más información, pincha aquí y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono 633 675 827 y en la dirección de correo info@srafarnsworth.com.

viernes, 29 de enero de 2016

SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN EN GALICIA (III)

Como muchos ya sabréis, el pasado 20 de enero se abría el plazo para solicitar las SUBVENCIONES PARA REHABILITACIÓN EN GALICIA

Como os comentábamos en el anterior post, la plataforma electrónica de la Xunta de Galicia -desde la que se debían presentar las solicitudes- no funcionaba correctamente, por lo que en cuanto se resolviesen las incidencias, la Xunta publicaría nuevas órdenes en el DOG en las que se indicaría el nuevo plazo de presentación y el procedimiento de solicitud.

El 27 de Enero la Xunta publicó en el DOG los Anexos a las órdenes en las que se publican las convocatorias de las subvenciones, sin embargo parece ser que todavía la plataforma sigue sin funcionar.

Desde la Xunta recomiendan que se registren las solictudes en papel, con independencia de que en cuanto se habilite la aplicación se pueda solicitar la introducción de los datos por vía telemática.

Os dejamos aquí los enlaces a los Anexo publicados en el DOG el 27 de Enero.

En ellos se recuerda que el plazo de presentación de solicitudes se mantiene hasta el 20 de Abril, excepto que se agote el crédito con anterioridad.


Para más información y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono 633 675 827 y en la dirección de correo info@srafarnsworth.com.

miércoles, 13 de enero de 2016

SUBVENCIONES PARA EL 2016 A PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES DE AEROTERMIA, GEOTERMIA Y PANELES SOLARES.

El pasado 29 de Diciembre, se anunció en el Diario Oficial de Galicia la convocatoria de subvenciones para el 2.016 para mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras de proyectos de energías renovables, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvimiento Rural (FEADER). 


La subvención está destinada a la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras de proyectos de Energías Renovables situadas en áreas rurales de Galicia.

Según se recoge en las bases de la subvención, tendrán la consideración de áreas rurales las consideradas según el Instituo Galego de Estatística como parroquias rurales o intermedias en funcion de su densidad poblacional. En todo caso quedan excluidas aquellas zonas consideradas densamente pobladas o urbanas, que en el caso de Galicia son los 7 concellos de los núcleos de población más grandes: A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago.


¿Que es subvencionable?

Son subvencionables los equipamientos de generación energética (bomba de calor -tanto geotermia como areotermia- o paneles solares), el montaje y conexionado, los accesorios para el correcto funcionamiento y, en el caso de la geotermia, el sistema de captación del recurso geotérmico.


¿Quienes son los beneficiarios?

Los beneficiarios serán entidades locales, el sector público autonómico, las personas físicas, las instituciones sin ánimo de lucro y las pequeñas y medianas empresas.


Cuantías de las ayudas.

Las cuantías máximas de las ayudas será calculada en función de la potencia instalada y del tipo de instalación con los límites siguientes:
Hasta un 40% del total para medianas empresas.
Hasta 50 % del total para personas físicas y entidades sin ánimo de lucro.
Hasta un 75% para las administraciones pública.


Requisitos y documentación a presentar.

Es necesario presentar una documentación técnica -según los modelos adjuntos en la web del INEGA- donde se justifique documentalmente el caracter renovable de la instalación calculando el rendimiento medio estacional de la misma: SPF. En el caso de bombas de calor para aerotermia y geotermia se deberán adjuntar los datos de potencia y COP avalados mediante certificado emitido por laboratorio independiente.


Plazo de presentación 
El plazo de solicitud de las subvenciones es desde 15 de Enero hasta el 15 de febrero (1 mes) 

Para más información, pincha aquí y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono 633 675 827 y en la dirección de correo info@srafarnsworth.com.

jueves, 29 de octubre de 2015

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN LOS ARI´S GALLEGOS

El 27 de Octubre la Xunta de Galicia, el Ministerio de Fomento y 38 ayuntamientos de Galicia firmaron los acuerdos necesarios para permitir la inversión de 36,2 millones de euros en casi 2.000 viviendas ubicadas en Áreas de Rehabilitación Integral (ARI).
Las 54 Áreas de Rehabilitación Integral en las que se llevarán a cabo estas obras se sitúan en 38 Concellos de Galicia. 
Las ayudas incluidas en los convenios permitirán subvencionar las actuaciones de rehabilitación ejecutadas por los propietarios de las viviendas y otras obras de urbanización y reurbanización realizadas por los Concellos.
Para más información acerca de las ayudas, pincha aquí.

Para más información y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono 633 675 827 y en la dirección de correo info@srafarnsworth.com.

martes, 13 de octubre de 2015

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REALIZACIÓN DE ITE EN EL AÑO 2015, CONCELLO DE VIGO

El pasado 30 de Septiembre se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia las subvenciones para los propietarios que, estando obligados a la presentación del Informe ITE en el año 2.015 en el término municipal de Vigo, acrediten la carencia de recursos económicos para afrontar los gastos derivados de la elaboración de dicho informe. 

En el concello de Vigo, este año 2.015, deben presentar la ITE  todos los edificios construidos en el año 1.984. 

La finalidad de la concesión de ayudas es facilitar el cumplimiento de la obligación de conservación impuesta a los propietarios de toda clase de construcciones y edificaciones en los artículos 9 de la Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del medio rural de Galicia, y 9 del Real Decreto Legislativo 2/2008, del 20 de junio, por el que se aprueba el  texto refundido de la Ley del Suelo.

Quienes pueden beneficiarse?

1. Propietarios de inmuebles que estén obligados a la presentación del informe ITE en el año 2.015. Para consultar si tu edificio o vivienda tiene que realizar la ITE este año, pincha aquí

2. Propietarios cuya renta ponderada de la unidad de convivencia no sea superior a 1,3 veces el indicador público de renta de Efectos múltiples (IPREM)

3. Propietarios que no sean titulares de otros bienes inmuebles y el inmueble objeto de la ayuda será su vivienda habitual.

4. No podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas jurídicas, comunidades de bienes, ni comunidades de propietarios en régimen de propiedad  horizontal. No obstante, podrán solicitar las subvenciones convocadas y ser beneficiarios de las mismas a título particular las personas físicas que integren esas comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.

Plazo y lugar de de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 3 meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia 

El pasado 30 de Septiembre se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que el plazo queda abierto hasta el 30 de diciembre.

Donde se presenta la documentación para la solicitud de la subvención?

Las solicitudes de subvención se presentarán, debidamente cumplimentadas, en los modelos oficiales que están disponibles en la web del Concello y en el Servicio de Información y Registro de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Concello de Vigo.

Para más información y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono 633 675 827 y en la dirección de correo info@srafarnsworth.com.