jueves, 23 de julio de 2015

PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA ESTATAL DE AYUDAS A LA REHABILITACION.




La Xunta de Galicia acaba de aprobar en su Orden del 10 de Julio de 2015, las bases reguladoras de las subvenciones del "Programa de rehabilitación edificatoria del Plan estatal de fomento de alquiler de vivendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013–2016".

A continuación trataremos de resumir el contenido de dicho documento y dar respuesta a las preguntas más habituales que suelen surgir en estos casos.

¿Que edificios pueden acogerse a estas ayudas?
 Edificios construidos antes de 1981, de tipología colectiva y de uso mayoritariamente residencial.

¿Que intervenciones son subvencionables?
Se identifican tres tipos de actuaciones subvencionables:

a) las destinadas a mejorar la conservación del edificio.
Son aquellas que afectan a la estructura, la cimentación y las instalaciones comunes de agua, electricidad, telecomunicaciones, etc.

b) las destinadas a  mejorar de la sostenibilidad del edificio.
Son aquellas que implican  la mejora de la envolvente térmica del edificio, la sustitución de sistemas de produción de agua caliente y calefacción convencionales por otros más eficientes y que permitan reducir el consumo energético, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascesores e iluminación, etc.

c) las destinadas a mejorar la accesibilidad del edificio.
En concreto, pueden ir desde la instalación de un ascensor hasta la ejecución de una rampa, instalación de salvaescaleras, pasamanos, elementos luminosos de señalización,etc.
 
¿Que tengo que hacer?¿que otros requisitos son necesarios para solicitar las ayudas?
Para poder optar a las subvenciones es necesario, entre otros aspectos, realizar el informe de evaluación de edificios y solicitar licencia de obras, que deberán ajustarse a la memoria o proyecto técnico presentado.

Una vez finalizadas las obras se deberá remitir al IGVS la documentación pertinente que justifique que las obras realizadas se han ajustado a lo establecido en el proyecto o memoria técnica.

¿Cual es el importe de las ayudas a las que puedo optar?
Depende del tipo de mejora a realizar, con un tope máximo de 11.000 euros por vivienda.

¿Que plazos existen?
El plazo de presentación de solicitudes termina el 22 de Agosto y las obras a ejecutar deberán estar finalizadas antes del 30 de Noviembre.


Si tienes alguna duda, o quieres que vayamos a tu comunidad para realizar una visita y valorar las mejoras que puedes efectuar o las ayudad a las que puedes optar, no dudes en llamarnos. La visita es gratuita y sin compromiso.



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